- Sistemas, órganos y mecanismos de control de la constitucionalidad
- Control de constitucionalidad
- Concepto
- Elemento esencial para que exista control de constitucionalidad
- Control de legalidad
- Diferencias entre control de constitucionalidad y control de legalidad
- En sentido estricto
- En México. Con referencia a los Tribunales del Poder Judicial de la Federación
- Sistemas de control de constitucionalidad
- Concentrado
- En abstracto
- En concreto
- Difuso
- En concreto: Referencia especial a México
- Órganos que ejercen el control de constitucionalidad
- Órgano neutrón
- Órgano mixto
- Órgano político
- Órgano judicial
- Vías de Control Constitucional
- Vía de acción
- Vía de excepción
- Vía automática
- Vía de objeción
- Vía de control administrativa
- Instrumentos de control en la propia norma constitucional
- Políticos: Control intra e inter órganos
- Sociales
- Económicos
- De técnica jurídica
- Antecedentes históricos
- Antecedentes extranjeros
- Roma
- Interdicto Homine Libero Exhibendo
- Intercessio
- Inglaterra: Write of Righs of Hábeas Corpus
- España
- Procesos Forales
- Proceso de apprehension
- Proceso de inventario
- Proceso de manifestación de las personas
- Proceso de inventario
- Fuero de Vizcaya
- Fuero Real
- Institución de “obedézcase y no se cumpla”
- Recurso de fuerza
- Estados Unidos de América: Judicial review
- Write of certiorari
- Write of injunction
- 2.1.4.3 Write of mandamus
- Génesis
- Constitución Federal de 1824
- Siete Leyes Constitucionales de 1836
- Constitución de Yucatán de 1841
- Bases de Organización Política de la República Mexicana de 13 de junio de 1843
- Acta Constitutiva y de Reformas de 1847
- Constitución Política de la República Mexicana de 1857
- Ley de Amparo de 1861
- Ley de Amparo de 1869
- Ley de Amparo de 1882
- Código de Procedimientos Federales de 1897
- Código Federal de Procedimientos Civiles de 1908
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 que reforma la de 5 de febrero de 1857
- Ley de Amparo de 1919
- Ley de Amparo de 1936
- Reformas constitucionales en materia de amparo del 6 de junio de 2011
- Ley de Amparo de 2011
- Acto de autoridad y amparo
- Concepto de acto de autoridad
- Clasificación del acto de autoridad
- Acto de autoridad lato sensu
- Acto de autoridad stricto sensu
- Actos de particulares
- Tengan a su cargo la prestación de servicios públicos o de interés público
- Cuando actúen en ejercicio de funciones públicas
- Concepto de autoridad para efectos del juicio de amparo
- Criterio doctrinal
- Criterio legal
- Criterio jurisprudencial
- Concepto de amparo
- Elementos del amparo
- Naturaleza jurídica del amparo
- Reglamentación constitucional y legal del amparo
- La acción de amparo
- La acción de amparo como garantía constitucional para la procedencia del juicio de amparo
- Terminología básica del juicio de amparo
- Parte en juicio de amparo
- Quejoso
- Autoridad responsable
- Tercero Interesado
- Acto reclamado
- Sentencia definitiva para los efectos del juicio de amparo
- Laudo
- Resolución que pone fin al juicio
- Interés legítimo
- Interés jurídico
- Informe con justificación o informe justificado
- Informe previo
- Amparo directo
- Amparo indirecto
- Plenos de circuito
- Declaratorio general de inconstitucionalidad
- Suspensión del acto reclamado
- Subsista el problema de constitucionalidad
- Jurisprudencia
- Cumplimiento de la sentencia de amparo
- Procedencia constitucional
- Texto del artículo 103 Constitucional
- Tribunales de la Federación que conocen del juicio de amparo
- Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Tribunales Colegiados de Circuito
- Tribunales Unitarios de Circuito
- Juzgados de Distrito
- Tribunales de los Estados
- Tribunales de la Federación que no conocen del juicio de amparo
- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
- Jurado Federal de Ciudadanos
- Órgano administrativo perteneciente al Poder Judicial de la Federación: Consejo de la Judicatura Federal
- Normas generales
- Autoplicativas
- Heteroaplicativas
- Derivadas de un procedimiento de reformas a la Constitución, sólo en cuanto se reclamen vicios en dicho Procedimiento
- Los instrumentos internacionales aprobados en los términos previstos en el artículo 133 de la Constitución
- Leyes Federales
- Constituciones de los estados
- Leyes de los estados
- Reglamentos federales
- Reglamentos locales
- Decretos, acuerdos y todo tipo de resoluciones de observancia general
- Actos de autoridad en sentido estricto
- Actos u omisiones de autoridades distintas de los Tribunales Judiciales, Administrativos o del Trabajo
- Actos de Tribunales Judiciales, Administrativos o del Trabajo fuera de juicio o después de concluido
- Actos en juicio de imposible reparación
- Actos dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas
- Omisiones del ministerio público en la investigación de los delitos, resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal, o suspensión de procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño
- Sentencias definitivas para efectos del amparo
- Laudos
- Resoluciones que pongan fin al juicio para efectos del amparo
- Sentencias definitivas y resoluciones dictadas por Tribunales de lo Contencioso Administrativo favorables al gobernado
- Derechos protegidos para la procedencia del juicio de amparo
- Amparo por invasión de esferas
- Normas generales o actos de la autoridad federal a la esfera de los Estados
- Normas generales o actos de las autoridades de los Estados
- Principios fundamentales
- Principios que rigen la acción de amparo
- Iniciativa o instancia de parte agraviada
- Existencia de un agravio personal y directo
- El interés legítimo y los derechos colectivos o difusos
- Definitividad del acto reclamado
- Excepciones
- En todas las materias
- En materia penal
- En materia administrativa
- En materia civil y del trabajo.
- En materia mercantil
- Principio de prosecución judicial que rige el procedimiento del amparo
- Principios que rigen las sentencias de amparo
- Relatividad de los efectos
- Excepciones
- El cumplimiento de una ejecutoria de amparo obliga a autoridades que no hayan sido partes en el juicio de amparo
- El cumplimiento de la sentencia de amparo afecta a terceras personas que no fueron parte en el juicio de amparo
- Los efectos de la sentencia de amparo se hacen extensivos a los codemandados en materia mercantil cuando el quejoso reclame falta de emplazamiento cuando en el juicio natural integren la litis consorcio pasivo necesario
- Declaratoria General de Inconstitucionalidad
- Aviso a la autoridad emisora de la declaración de inconstitucionalidad por segunda ocasión consecutiva
- Notificación de la inconstitucionalidad por jurisprudencia de una norma general
- Declaratoria general inconstitucionalidad
- Efectos
- Inicio de sus efectos, condiciones y alcances
- Publicación
- Suplencia de la deficiencia de la queja
- Materia penal
- Materia agraria
- Materia del Trabajo
- Menores e incapaces
- Materias civil y administrativa
- Excepción (Estricto derecho)
- La suplencia del error
- Procedencia del Amparo Directo
- Violaciones a las leyes del procedimiento
- Amparo adhesivo
- Procedencia del Amparo Indirecto
- Contra actos u omisiones de autoridades administrativas
- Contra actos u omisiones de Tribunales Judiciales, Administrativos o del Trabajo
- Otras bases constitucionales
- Recurso de revisión
- Suspensión del acto reclamado
- En amparo indirecto
- En amparo directo
- Competencia auxiliar
- Intervención del Procurador General de la República
- Responsabilidad de las autoridades
- Competencia en el juicio de amparo indirecto
- Por razón de grado
- Juzgados de Distrito
- Función jurisdiccional ordinaria (Juicios Federales)
- Función de control constitucional (Amparo)
- Ejercicio de la función jurisdiccional ordinaria y de control constitucional
- Tribunales Unitarios de Circuito
- Función jurisdiccional ordinaria (Juicios Federales)
- Función de control constitucional (Amparo)
- Competencia de los Juzgados de Distrito y Tribunales Unitarios de Circuito frente a la de los Tribunales Colegiados de Circuito
- Por razón de actos de autoridad que se reclaman
- De cualquier autoridad excepto Tribunal Unitario de Circuito
- De Tribunal Unitario de Circuito
- Por razón de territorio
- Entre Juzgados de Distrito
- Entre Tribunales Unitarios de Circuito
- Por razón de materia
- Entre Juzgados de Distrito
- Entre Tribunales Unitarios de Circuito
- Competencia auxiliar
- Juez de Primera Instancia
- Cualquier autoridad judicial
- Trámite
- Competencia en amparo indirecto y amparo en revisión
- Competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito
- Función de control constitucional
- Recurso de revisión fiscal o contenciosa administrativa
- Amparo
- Amparo directo
- Amparo indirecto en revisión
- Competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer del juicio de amparo directo
- Artículo 107 fracción V Constitucional
- Artículo 170 de la Ley de Amparo
- Artículo 37 fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Por razón de territorio
- Por razón de materia
- Caso de excepción
- Facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Del Pleno
- De las Salas
- Competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer del juicio de amparo indirecto en revisión
- Artículo 107 fracción VIII incisos a) y b), primero y segundo párrafos, Constitucional
- Artículo 83 de la Ley de Amparo
- Artículo 10 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Artículo 21 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Acuerdo 5/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer del juicio de amparo directo en revisión
- Artículo 107 fracción IX Constitucional
- Artículo 40 de la Ley de Amparo
- Artículo 10 fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Artículo 21 fracción III inciso b), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Acuerdo 5/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Sustanciación de competencias
- Incompetencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Del Pleno
- Acuerdo 5/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- De las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Acuerdo 5/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Por declinatoria
- Por inhibitoria
- Incompetencia de los Tribunales Colegiados de Circuito
- Por declinatoria
- Por inhibitoria
- Incompetencia de los Tribunales Unitarios de Circuito
- Por declinatoria
- Por inhibitoria1
- Incompetencia de los Juzgados de Distrito
- Por declinatoria
- Por inhibitoria
- La jurisprudencia
- Formas de integración
- Por reiteración de criterios
- Por contradicción de tesis
- Por sustitución
- Obligatoriedad
- De la emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Requisitos de las tesis emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Plenos de Circuito o los Tribunales Colegiados de Circuito, sean de jurisprudencia o criterios relevantes
- Jurisprudencia por Reiteración de Criterios
- Creación por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Creación por las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Creación por los Plenos de Circuito
- Creación por los Tribunales Colegiados de Circuito
- Jurisprudencia por contradicción de tesis
- Forma en que se establece
- Autoridades competentes para resolver la contradicción de tesis
- Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Plenos de Circuito
- Legitimación para denunciar contradicciones de tesis
- En tesis contradictorias entre las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- En tesis contradictorias entre los Plenos de Circuito de distintos Circuitos, entre los Plenos de Circuito en materia especializada de un mismo Circuito o entre los tribunales colegiados de circuito con diferente especialización
- En caso de tesis contradictorias sostenidas entre los Tribunales Colegiados del Circuito
- Interrupción de la Jurisprudencia
- Cuando se interrumpe.
- Requisitos para su interrupción.
- Efectos.
- Requisitos para integrar una nueva.
- Jurisprudencia por sustitución.
- Forma en que se establece.
- Autoridades competentes para sustituir la jurisprudencia por reiteración o por contradicción de tesis.
- Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Plenos de Circuito.
- Legitimación para solicitarla.
- Sustitución por votación de mayoría calificada.
- Sustitución por votación de mayoría simple.
- La improcedencia
- Formas en que se presenta.
- Manifiesta e indudable.
- Al momento de que la autoridad de amparo tiene a la vista por primera vez la demanda
- Consecuencia jurídica que produce
- Procesal.
- Durante el procedimiento.
- Al dictar sentencia.
- Consecuencia jurídica que produce en cualquiera de los dos supuestos anteriores.
- Tipos.
- Constitucional.
- Contra actos del Ejecutivo de la Unión (Artículo 33 Constitucional). Casos de excepción.
- Contra actos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
- Contra actos de las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los casos que establece el artículo 99 Constitucional.
- Contra actos del Consejo de la Judicatura Federal.
- Contra actos del Tribunal Colegiado de Circuito al resolver el recurso de revisión fiscal o contencioso administrativo.
- Contra las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y Senadores en juicio político.
- Contra las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y Senadores en declaración de procedencia.
- Contra preceptos constitucionales.
-
-
- Legal.
- Contra actos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Contra resoluciones de los Tribunales Colegiados de Circuito.
- Contra las resoluciones o declaraciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen en los casos previstos en la ley.
- Contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas
- Por causa de litispendencia. Caso de excepción.
- Contra normas generales o actos que no afecten los intereses jurídicos o legítimos del quejoso.
- Contra actos consentidos.
- Expresamente.
- Tácitamente. Casos de excepción.
- Por irreparabilidad de los actos reclamados.
- Contra actos de Tribunales por violación al Principio de Definitividad.
- Por la existencia de recurso ordinario o medio de defensa legal contra los actos reclamados.
- Por la interposición concurrente del recurso ordinario o medio de defensa y el amparo contra los actos reclamados.
- Contra actos de autoridades administrativas por violación al Principio de Definitivita.
- Caso de excepción.
- Cuando hayan cesado los actos reclamados.
- Por desaparición del acto reclamado.
- Por desaparición del objeto materia del acto reclamado.
- Por improcedencia de alguna disposición de la Constitución.
- Cuando la improcedencia resulta de alguna disposición de la ley.
- Cuando la improcedencia resulta de la jurisprudencia.
- Obligación del juzgador de analizar de oficio las causales de improcedencia
- Sobreseimiento
- Causas
13.1.1. Por desistimiento de la demanda.
-
-
-
- Momento procedimental en que puede efectuarse.
- En amparo directo.
- En amparo indirecto.
- Ratificación del desistimiento.
- Consecuencias jurídicas.
- Caso especial en materia agraria.
- Desistimiento antes de la admisión de la demanda.
- Por muerte del quejoso.
- Requisito esencial para que opere.
- Facultado para exhibir acta de defunción.
- Momento procedimental en que puede efectuarse.
- En amparo directo.
- En amparo indirecto.
- Consecuencias jurídicas.
- Por sobrevenir durante el procedimiento una causal de improcedencia.
- Requisito esencial para que opere.
- Momento procedimental en que puede efectuarse.
- En amparo directo.
- En amparo indirecto.
- Por inexistencia del acto reclamado.
- Requisito esencial para que opere.
- Momento procedimental en que puede efectuarse.
- En amparo directo.
- En amparo indirecto.
- Consecuencias jurídicas.
- Por inactividad procesal en materia agraria.
- Únicamente en favor de los sujetos de derecho agrario
- Plazos
- Clases.
- Prejudiciales.
- Judiciales.
- Características.
- Improrrogables.
- Casos de excepción.
- Reposición de autos.
- Informe con justificación.
- Ejecutorias de amparo.
- Fatales.
- Plazo para la presentación de la demanda.
- Genérico.
- Excepciones.
- Cuando se reclame una norma general autoaplicativa.
- Cuando se reclame la sentencia condenatoria en un proceso penal.
- Cuando el amparo se promueva contra actos que tengan o puedan tener por efecto privar total o parcialmente, en forma temporal o definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de sus 11 derechos agrarios a los núcleos de población ejidal o comunal.
- Cuando el acto reclamado implique peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, incomunicación, deportación, destierro, o cualquiera de los prohibidos por el artículo 22 Constitucional, y la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales.
- Días y horas hábiles.
- Presentación de la demanda.
- En forma impresa.
- En forma electrónica.
- Cuando el quejoso resida fuera de la jurisdicción del órgano.
- Cómputo de los plazos
- Notificaciones
- Concepto.
- Plazo en que deben notificarse las resoluciones dictadas en el juicio de amparo.
- Autorización para oír notificaciones en términos amplios.
- Autorización para oír notificaciones en términos limitados.
- Notificaciones al titular del Poder Ejecutivo Federal.
- Forma en que se practican las notificaciones en el juicio de amparo.
- Personal.
- Por oficio.
- Por lista.
- Por vía electrónica.
- Cuando surten efectos para las partes
- Actualización, reformas y jurisprudencia
- Reformas, cometarios y críticas efectuadas a las figuras que se analizan en cada unidad.
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